Opinión
[Por Dr. Ignacio De Jauregui*]
La discusión sobre una reforma laboral vuelve a ocupar un lugar central en la agenda del Congreso. No es casual. Argentina arrastra desde hace décadas un régimen que muestra signos evidentes de agotamiento frente a los cambios en la organización del trabajo, la estructura productiva y la inserción internacional de la economía.
Plantear la necesidad de una reforma laboral ya no es una provocación ideológica ni un gesto rupturista: es una condición necesaria para ordenar el mercado de trabajo, reducir la informalidad y generar previsibilidad. Sin embargo, tan importante como el contenido de la reforma es la forma en que se construye.
Una reforma laboral que no logre consenso político, social y productivo corre el riesgo de convertirse en una norma transitoria, rápidamente cuestionada en sede judicial o revertida ante un cambio en el equilibrio de fuerzas políticas. El país no necesita reformas pendulares: necesita reglas estables que perduren en el tiempo.
El consenso como condición de eficacia.
La experiencia reciente demuestra que las reformas impuestas sin acuerdos amplios terminan debilitadas. Una legislación laboral que aspire a ser eficaz debe preservar la seguridad jurídica, evitar zonas grises interpretativas y respetar el delicado equilibrio entre representación sindical, representación empresaria y rol del Estado.
Introducir cambios que fragmenten excesivamente la negociación colectiva, que generen asimetrías entre los actores o que habiliten márgenes amplios de discrecionalidad administrativa puede derivar en mayor conflictividad, no en menos. Y la conflictividad, lejos de fomentar empleo, desalienta inversión y planificación.
Por eso, más que una reforma maximalista, se requiere una reforma consensuada, técnicamente sólida y jurídicamente robusta, que reduzca el riesgo de judicialización y garantice previsibilidad a largo plazo.
Reforma laboral y empleo: una relación que no es automática.
Otro punto central del debate —frecuentemente omitido— es la falsa idea de que una reforma laboral, por sí sola, genera empleo. No alcanza con modificar normas si no existe actividad económica que las sostenga.
El empleo se crea cuando hay inversión, demanda, producción y mercados. Sin un entramado productivo dinámico, sin políticas que fortalezcan a las pequeñas y medianas empresas y sin una economía integrada al mundo, cualquier reforma laboral queda limitada en su impacto real.
En ese sentido, la reforma laboral debe entenderse como una pieza más de un esquema más amplio, que incluya desarrollo productivo, competitividad e inserción internacional.
Ajustes necesarios para una reforma que perdure.
Para que la reforma laboral alcance sus objetivos y no se transforme en una norma transitoria, resulta imprescindible revisar y modificar algunos artículos concretos del proyecto en tratamiento, cuya redacción actual introduce riesgos de conflictividad, fragmentación del sistema y debilitamiento institucional.
En particular, los artículos comprendidos entre el 126 y el 132 merecen una revisión profunda.
En primer lugar, la priorización casi automática del convenio colectivo por empresa por sobre los convenios sectoriales plantea un problema estructural. En un país con un entramado productivo compuesto mayoritariamente por pequeñas y medianas empresas, la negociación individualizada no siempre se da en condiciones reales de equilibrio. Lejos de fortalecer la negociación, esta lógica puede fragmentar reglas, generar asimetrías y debilitar la previsibilidad del sistema laboral, afectando tanto a empleadores como a trabajadores.
Cabe destacar, además, que la negociación colectiva no ha sido objeto de objeciones relevantes por parte de los propios actores del mundo del trabajo. Por el contrario, ha demostrado ser un instrumento eficaz de diálogo y composición de intereses, capaz de sostener equilibrios razonables incluso durante las crisis económicas, sociales y productivas más severas que atravesó la Argentina en las últimas décadas. Alterar ese esquema, contrariamente a lo que se pretende, implica el riesgo de desarticular un mecanismo que ha funcionado exitosamente como amortiguador institucional entre el sector empresario y el sector del trabajo.
Asimismo, la limitación o eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos introduce un factor adicional de inestabilidad jurídica. La pérdida automática de vigencia de los convenios, sin mecanismos claros de transición, expone a las partes a vacíos normativos, interpretaciones contradictorias y mayor litigiosidad. Un sistema laboral moderno requiere actualización, pero también continuidad normativa mientras se negocian nuevos acuerdos.
Otro punto sensible es la eliminación de los aportes empresariales obligatorios a las entidades representativas del sector empleador, manteniéndose, en paralelo, los aportes al sistema sindical. Esta asimetría no solo debilita la representación institucional empresaria, sino que afecta el financiamiento de funciones clave como capacitación, asistencia técnica y articulación sectorial, especialmente relevantes para las pymes. Un sistema equilibrado exige reglas simétricas y consistentes para todos los actores.
A ello se suma la facultad otorgada al Estado para suspender o alterar convenios colectivos invocando razones amplias o indeterminadas, como “distorsiones económicas graves”. La falta de parámetros objetivos y límites claros abre la puerta a una discrecionalidad administrativa excesiva, incompatible con la seguridad jurídica que requiere cualquier proceso de inversión y planificación empresarial.
Finalmente, subyace una advertencia de fondo: la reforma laboral no puede concebirse como una herramienta aislada. Aun con un marco normativo más flexible, sin actividad económica, sin un mercado interno dinámico y sin una estrategia productiva consistente, el empleo no se crea por ley.
Pero tampoco alcanza con mirar exclusivamente hacia adentro. La Argentina necesita comenzar a pensar el trabajo en una estrategia de inserción internacional, que incluya de manera explícita la exportación de mano de obra calificada y de servicios intensivos en conocimiento. Para ello, el régimen laboral debe ofrecer reglas claras, previsibles y compatibles con estándares internacionales, que permitan a empresas y trabajadores integrarse a cadenas globales de valor.
La Argentina no necesita otra reforma que dure lo que dura una mayoría circunstancial.
Necesita un marco laboral que sobreviva a los cambios de gobierno, a las crisis y a las tensiones propias de su economía.
Para eso, el texto de la ley es tan importante como el consenso que la sostiene.
Sin ese equilibrio, cualquier reforma será discutida, judicializada y, tarde o temprano, reemplazada.
*Presidente Cámara Empresaria Vasco Argentina
Socio Lamadrid – de Jauregui – Magaldi / Abogados